jueves, octubre 1, 2026
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Mascotas y sostenibilidad en propiedad horizontal: la conversación que aún no hemos tenido

por Julio César Torres G.

Sobre mascotas en copropiedad se ha escrito mucho —convivencia, ruido, normas, conflictos—. Sobre su dimensión ambiental, casi nada. Y sin embargo ahí ocurren, todos los días, decisiones que afectan el suelo, el agua, los residuos y la biodiversidad del conjunto.

Modo: Guías · Lectura: 11 minutos


Busque «mascotas en propiedad horizontal» y encontrará decenas de textos. Casi todos tratan lo mismo: qué dice la ley, qué puede y qué no puede prohibir el reglamento, cómo manejar la queja del vecino, qué hacer cuando un perro muerde.

Es un cuerpo de información valioso y necesario. Pero deja fuera algo que ocurre todos los días en cada conjunto residencial del país: las mascotas también son un asunto ambiental. Producen residuos que llegan al suelo y al alcantarillado. Consumen agua en el lavado de las zonas donde transitan. Generan un flujo diario de plástico que nadie contabiliza. E interactúan —a veces mal— con la escasa fauna silvestre que sobrevive en los jardines urbanos.

Nada de esto está en la conversación. Este artículo propone abrirla.

Y conviene decir desde el principio en qué términos, porque el tema es inflamable: la mascota no es el problema. La ausencia de infraestructura y de protocolo sí lo es. Este no es un texto sobre restringir, sino sobre gestionar.


Primero, el marco: lo que la ley ya resolvió

Antes de entrar en lo ambiental hay que despejar el terreno jurídico, porque muchas discusiones de copropiedad siguen partiendo de premisas equivocadas.

En Colombia, la Ley 1774 de 2016 modificó la condición jurídica de los animales: dejaron de ser tratados como cosas —la categoría que les asignaba el Código Civil desde 1887— y pasaron a ser reconocidos como seres sintientes, con protección especial contra el sufrimiento y el dolor.

Sobre esa base, la Ley 2054 de 2020, que modificó el artículo 117 de la Ley 1801 de 2016, estableció que no podrá prohibirse el tránsito ni la permanencia de animales domésticos o mascotas en las zonas comunes de propiedades horizontales o conjuntos residenciales. Los caninos deben circular sujetos con traílla; los potencialmente peligrosos, además, con bozal y el permiso correspondiente.

Existe además una tensión normativa que analistas jurídicos han señalado: la Ley 2054 no modificó ni derogó el artículo 129 de la Ley 1801, que permite prohibir la permanencia de caninos de manejo especial por decisión calificada de tres cuartas partes de la asamblea. La lectura conjunta de ambas disposiciones ha generado interpretaciones encontradas.

Lo relevante para este artículo: la copropiedad no puede resolver los efectos ambientales de la tenencia de mascotas por vía de prohibición. Tiene que hacerlo por vía de diseño y de gestión. Eso no es una limitación: es precisamente lo que hace interesante el problema.

Verifique con asesoría jurídica competente el alcance vigente de estas disposiciones antes de tomar decisiones que afecten su reglamento o manual de convivencia.


Los cinco frentes ambientales

1. Excrementos: un problema de nutrientes, no solo de higiene

Cuando se habla de recoger los excrementos, la razón que se invoca es siempre la misma: aseo y buena convivencia. Es una razón válida, pero incompleta.

Lo que ocurre a nivel ambiental es distinto. Las heces de perros y gatos tienen una carga alta de nitrógeno y fósforo. Depositadas de manera reiterada sobre la misma franja de césped —y en un conjunto siempre hay una franja preferida— alteran el equilibrio de nutrientes del suelo. El resultado visible es conocido por cualquier administrador: manchas amarillas, césped que muere en parches, jardineras que no prosperan sin importar cuánto se abonen.

Hay un segundo efecto, menos visible y más preocupante. Lo que no se recoge y queda expuesto a la lluvia termina en la escorrentía superficial, que en la mayoría de conjuntos va directo al alcantarillado sin ningún tipo de retención. Materia orgánica y carga microbiológica que se suman al sistema.

La implicación de diseño: si una copropiedad tiene poca zona verde —que es el caso de la mayoría— y esa misma zona verde es la que usan las mascotas, está pidiéndole al mismo suelo dos funciones incompatibles. No hay jardín que resista ser simultáneamente área de esparcimiento canino y espacio de vegetación saludable.

2. Las bolsas: la solución que creó otro problema

Aquí hay una paradoja que merece nombrarse.

Durante años, la campaña ambiental en copropiedades fue «recoja los excrementos de su mascota». La campaña funcionó, y funcionó bien. Pero al hacerlo instaló un flujo nuevo: una bolsa plástica por deposición, todos los días, por cada mascota del conjunto.

Haga el ejercicio con las cifras de su copropiedad. Cuente cuántas mascotas hay, multiplique por dos o tres deposiciones diarias, multiplique por 365. El número que resulta suele sorprender a los consejos que nunca lo habían calculado. Es un flujo de plástico de un solo uso que se instaló en la copropiedad sin que nadie lo decidiera y sin que aparezca en ningún informe.

Y hay un agravante técnico que casi nadie considera: las bolsas comercializadas como biodegradables u oxodegradables requieren condiciones específicas de compostaje industrial para degradarse como prometen. En un relleno sanitario convencional, sin oxígeno ni temperatura adecuada, su comportamiento se aproxima al del plástico común. Comprar bolsas «verdes» y enviarlas al mismo destino no resuelve el problema; lo tranquiliza.

An adorable group of pets including a golden retriever puppy, a fluffy cat, a macaw parrot, a white rabbit, and a hamster pose together in a studio

Qué sí puede hacer una copropiedad:

  • Elegir el material y comprarlo de forma centralizada. Si la administración provee las bolsas, controla qué material entra al conjunto: puede optar por papel resistente o por plástico con contenido reciclado, en lugar de dejar la decisión al azar de lo que cada familia adquiera. Es la única forma real de influir sobre el material.
  • Instalar dosificadores en los puntos de mayor tránsito. Su efecto principal no es ambiental sino conductual: la disponibilidad inmediata es lo que más aumenta la tasa de recolección. La mayor parte de los desechos que quedan en el suelo no responde a mala voluntad, sino a que la persona salió sin bolsa.
  • Establecer un punto de disposición diferenciado, que impida que este residuo entre a la corriente de reciclables y contamine el material aprovechable. Es una intervención de bajo costo y efecto inmediato.
  • Verificar el destino antes de comprar bolsas compostables. Confirme que exista un gestor que efectivamente las lleve a compostaje industrial en su municipio. Sin ese eslabón, la compra no produce efecto ambiental alguno.

El reencuadre es importante: el mayor impacto no está en qué bolsa se usa, sino en cuántas deposiciones efectivamente se recogen. Una bolsa convencional que sí cumple su función es ambientalmente preferible a una bolsa premium que se quedó en el apartamento.

3. Agua: el consumo que no se mide

El lavado de zonas comunes por olores y residuos de mascotas es una práctica habitual en conjuntos con alta población animal. Rara vez se contabiliza como un rubro propio, y casi nunca se optimiza.

Preguntas que un consejo debería poder responder y normalmente no puede:

  • ¿Con qué frecuencia se lavan las zonas de tránsito de mascotas?
  • ¿Se usa agua potable o hay alternativa disponible?
  • ¿Los productos de limpieza empleados terminan en el alcantarillado sin tratamiento?
  • ¿Se ha considerado el agua lluvia captada de cubiertas para esta función específica?

Este último punto conecta directamente con algo que hemos tratado antes en RedCV: las cubiertas de las torres son una superficie de captación considerable que hoy solo sirve para evacuar agua al alcantarillado. El lavado de zonas duras es exactamente el tipo de uso no potable para el que el agua lluvia resulta apropiada. Es una de las pocas oportunidades donde un problema de mascotas y una solución de sostenibilidad coinciden con precisión.

4. Biodiversidad: la tensión más incómoda

Este es el punto que casi nadie quiere tocar, y por eso vale la pena tocarlo con cuidado.

Las copropiedades urbanas, incluso las de poca zona verde, funcionan como pequeños refugios de fauna: aves que anidan en árboles maduros, insectos polinizadores, ocasionalmente pequeños mamíferos o reptiles. En ciudades densas, estos fragmentos verdes tienen valor ecológico real, precisamente porque hay muy pocos.

La depredación por gatos domésticos con acceso libre al exterior sobre aves y fauna pequeña es un fenómeno ampliamente documentado en la literatura internacional de conservación. Es un tema sensible entre tenedores de gatos, y por eso conviene ser preciso: no es un juicio sobre los gatos ni sobre quienes los cuidan. Es una descripción de un comportamiento depredador natural en un contexto —el urbano— donde la fauna presa ya está bajo presión por pérdida de hábitat.

Existe además una consideración que suele pasar inadvertida y que interesa a los propios tenedores: los gatos con acceso libre al exterior enfrentan riesgos considerablemente mayores de atropellamiento, envenenamiento accidental, peleas y enfermedades transmisibles. En muchos países, la tenencia de interior con enriquecimiento ambiental adecuado se ha vuelto la práctica recomendada, y se sustenta tanto en el bienestar del animal como en la protección de la fauna.

Cómo abordarlo sin generar conflicto: no como una norma de restricción, sino como información sobre bienestar animal ofrecida a la comunidad. Los tenedores de gatos responden mucho mejor a «su gato vive más tiempo adentro» que a «su gato mata pájaros». Ambas afirmaciones son ciertas; solo una abre la conversación.

Hay además una tensión de diseño más prosaica: cuando una copropiedad decide instalar un jardín de polinizadores y también necesita una zona para mascotas, ambas compiten por los mismos pocos metros cuadrados. Esa decisión hay que tomarla de forma explícita y con criterio, no por defecto.

5. La huella que llega de afuera

Alimento, arena sanitaria, juguetes, empaques. Es la dimensión sobre la que la copropiedad tiene menos control directo, pero no ninguno.

La arena sanitaria de gatos merece mención particular: se compra en volumen, se descarta en volumen y su disposición correcta genera dudas frecuentes entre los residentes. Una guía clara al respecto, elaborada con criterio técnico, resuelve un problema cotidiano que hoy cada familia resuelve como puede.

Y las compras conjuntas —alimento, arena, insumos— tienen efectos que van más allá del precio: menos empaque secundario, menos viajes de entrega, mejor capacidad de negociación con proveedores que ofrezcan formatos de menor impacto.


Del conflicto a la infraestructura

Vale la pena detenerse en algo que conecta lo ambiental con lo que sí está documentado: la convivencia.

Los conflictos por mascotas figuran de manera consistente entre los principales generadores de disputa en propiedad horizontal. Y una parte considerable de esos conflictos tiene origen en la ausencia de infraestructura adecuada, no en la mala voluntad de nadie.

No hay zona designada para mascotas → todas usan el mismo jardín → el jardín se deteriora → quienes no tienen mascota se quejan → la administración emite una circular → los tenedores se sienten señalados → el conflicto escala.

Ninguno de esos pasos requiere que alguien actúe de mala fe. Es una consecuencia previsible de un diseño que no contempló el uso real del espacio.

Esto tiene una implicación importante: invertir en infraestructura para mascotas no es un gasto ambiental ni una concesión a los tenedores. Es una inversión en reducción de conflictos, que en propiedad horizontal se traduce en menos quejas, menos tiempo de administración dedicado a mediar y menos tensión en asamblea.

Ese es el argumento que gana votaciones. No el ambiental.


Lo que puedes copiar

Paso 1 — Censo de mascotas

No existe programa posible sin saber de qué escala se habla. Registre número de animales por especie, distribución por torre y rutas de paseo más frecuentes. Este dato, que casi ninguna copropiedad tiene, es la base de todo lo demás.

Precaución: el registro de datos asociados a residentes debe manejarse conforme a la normativa de protección de datos personales. Verifique el procedimiento aplicable antes de recolectar información.

Paso 2 — Identifique la zona de sacrificio

En todo conjunto hay una franja de césped que está muriendo por uso intensivo. Localícela. Esa franja le está indicando dónde ocurre el problema y dónde debe intervenir.

Paso 3 — Diseñe una zona específica

Superficie apropiada para uso intensivo —grava, arena o superficie drenante, no césped—, con dosificador de bolsas y punto de disposición diferenciado, ubicada de manera que no compita con las áreas verdes que se quieren conservar.

Su función principal no es estética: es concentrar el impacto en un punto diseñado para recibirlo, liberando el resto de la zona verde.

Conviene ser realista sobre su alcance. Una mascota no deposita donde el reglamento indica, sino donde su rutina y su instinto la llevan, y ninguna señalización cambia eso. Lo que sí funciona es actuar sobre el trayecto: si la zona designada está ubicada sobre la ruta que la gente ya recorre —a la salida de las torres, en el camino habitual del paseo— y no en un rincón apartado, buena parte del uso se desplaza hacia ella de forma natural. Una zona bien pensada pero mal ubicada permanece vacía mientras el jardín de siempre sigue deteriorándose.

Por eso el Paso 2 antecede a este: la franja que hoy está muriendo le está señalando dónde ocurre realmente el tránsito. La zona designada debe ubicarse ahí o muy cerca, no donde resulte más cómodo para el diseño del jardín.

Paso 4 — Resuelva la disposición

Punto de recolección diferenciado, con retiro en la frecuencia adecuada, que impida que este residuo contamine la corriente de reciclables. Es una intervención de bajo costo y efecto inmediato.

Paso 5 — Comunique desde el bienestar animal

Toda la comunicación del programa debe partir del cuidado de los animales, no del control de sus tenedores. Un boletín sobre tenencia responsable que hable de salud, seguridad y bienestar del animal tiene una recepción radicalmente distinta a una circular sobre normas y sanciones.

Paso 6 — Vincule con lo que ya existe

Si la copropiedad tiene o planea un sistema de captación de agua lluvia, destine parte al lavado de la zona de mascotas: es un uso no potable para el que el agua de cubiertas resulta apropiada.

Si tiene programa de compostaje, tenga presente una precisión importante: los excrementos de perros y gatos no deben incorporarse al compost doméstico ni al destinado a jardinería comestible, por razones sanitarias asociadas a patógenos que el compostaje casero no alcanza a eliminar. Esto significa, en la práctica, que este residuo se mantiene en la corriente de residuos ordinarios y no se aprovecha junto con los orgánicos de cocina. Verifique con criterio técnico qué manejo corresponde en su municipio antes de definir el procedimiento.


En síntesis

La conversación sobre mascotas en propiedad horizontal ha estado dominada por dos preguntas: qué permite la ley y cómo evitar conflictos. Ambas son legítimas y están razonablemente resueltas.

La pregunta que falta es otra: ¿qué efecto tiene la población animal de este conjunto sobre su suelo, su agua, sus residuos y su biodiversidad, y qué puede hacer la copropiedad al respecto?

No es una pregunta contra las mascotas. Es una pregunta que solo puede responderse bien si se acepta, de entrada, que las mascotas están aquí para quedarse —la ley lo estableció y la realidad social lo confirmó— y que la tarea no es reducir su presencia sino diseñar mejor el espacio que comparten con todos.

Es un ángulo que apenas empieza a explorarse. Y como en tantas otras cosas de la propiedad horizontal, quienes tienen la información de primera mano no son los expertos: son los administradores y consejeros que lo viven todos los días.


¿Su copropiedad ha implementado alguna solución en este frente? En la Red de Copropiedades Verdes estamos documentando las primeras experiencias colombianas sobre gestión ambiental y mascotas. Si su conjunto tiene zona designada, sistema de disposición o programa de tenencia responsable, su caso puede ser el primero. La conversación está abierta.

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